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Ordenación Sanitaria » Inspección Servicios Sanitarios » Presentación
 

Decreto 139/2007, de 18 de octubre, del Gobierno de Cantabria, por el que modifica la estructura básica de la Consejería de Sanidad, y, en virtud de la cual, la Inspección de Servicios Sanitarios con todas sus competencias pasa a depender de la Consejeria de Sanidad, a través de la Dirección General de Ordenación Inspección y Atención Sanitaria , al objeto de unificar en un único órgano directivo las competencias en materia de inspección y evaluación sanitaria en los términos previstos en los artículos 59.d y 73.f de la Ley 7/2002 de 10 de diciembre de Ordenación Sanitaria de Cantabria.

Sus funciones son:

  • Control, inspección, seguimiento y evaluación del funcionamiento de los centros y servicios del Servicio Cántabro de Salud, así como de las funciones que en materia de Intervención administrativa sanitaria le encomiende la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, a través de la Dirección General de Ordenación y Atención Sanitaria.
  • Propuesta de condiciones y requisitos exigibles en materia de concertación de centros y servicios con el Servicio Cántabro de Salud, y su inspección y control.
  • Ejercicio de la labor inspectora en la gestión, control y seguimiento de la prestación y de la asistencia sanitaria en general y, en la de prestación farmacéutica.
  • Elaboración, gestión y seguimiento del Plan anual de Inspección y de los específicos que se determinen en su ámbito de actuación, con establecimiento de objetivos y control de resultados.
  • Distribución, seguimiento y coordinación de las labores que hagan efectivo el ejercicio y control de las funciones de la Inspección en todas las áreas de salud.
  • Evaluación, seguimiento y control de la incapacidad temporal.
  • Emisión de informes, asesoramiento y apoyo técnico en materia de responsabilidad patrimonial y reclamaciones de usuarios en general.
  • Tramitación de informaciones previas, e instrucción de expedientes en materia disciplinaria.
  • En general todas aquellas que se le encomienden conforme la normativa vigente, y cualquier otra análoga a las anteriores

Organigrama de Inspección de Servicios Sanitarios.

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