Protección temporal FAQ
Preguntas Frecuentes
Preguntas frecuentes sobre asistencia sanitaria a personas con protección temporal
¿Quién puede solicitar la asistencia sanitaria en Cantabria?
-
Las personas afectadas por el conflicto de Ucrania según lo recogido en la normativa aplicable
¿Dónde puedo presentar mi solicitud?
NO SE PUEDE PRESENTAR EN LOS CENTROS DE SALUD
La solicitud (Anexo I) así como las modificaciones (Anexo III) y cualquier otra gestión relativa a las mismas se presentará, junto con la documentación requerida, en cualquiera de los siguientes registros oficiales (artículo 28 del Decreto 42/2019, de 28 de marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico y Organizativo de la Atención Ciudadana y del Registro), que son los siguientes:
- -En cualquiera de los Registros Electrónicos de las Administraciones Públicas (Estatal, Autonómica y Local). En el caso de Cantabria la sede electrónica del Registro General se encuentra en https://sede.cantabria.es
- -En las Oficinas de Correos.
- -En las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro. En la web www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/Registro figura la relación de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
¿Qué documentación hay que presentar?
Copia del resguardo de presentación de solicitud de Protección Temporal para personas desplazadas, la resolución de la concesión de ésta o la TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero)
¿Cuál es la aportación farmacéutica?
- Una vez reconocido el derecho a la asistencia sanitaria, la aportación farmacéutica es del 40 %