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Ciudadanía

Preguntas Frecuentes 

Preguntas frecuentes sobre asistencia sanitaria a personas solicitantes de protección internacional

¿Quién puede solicitar la asistencia sanitaria en Cantabria?

  1. Las personas extranjeras que hayan solicitado protección internacional en España cuya permanencia haya sido autorizada por este motivo

¿Dónde puedo presentar mi solicitud?

NO SE PUEDE PRESENTAR EN LOS CENTROS DE SALUD

 

La solicitud (Anexo I) así como las modificaciones (Anexo III) y cualquier otra gestión relativa a las mismas se presentará, junto con la documentación requerida, en cualquiera de los siguientes registros oficiales (artículo 28 del Decreto 42/2019, de 28 de marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico y Organizativo de la Atención Ciudadana y del Registro), que son los siguientes:

 

  • -En cualquiera de los Registros Electrónicos de las Administraciones Públicas (Estatal, Autonómica y Local). En el caso de Cantabria la sede electrónica del Registro General se encuentra en https://sede.cantabria.es
  • -En las Oficinas de Correos. 
  • -En las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro. En la web www.cantabria.es/web/atencion-a-la-ciudadania/Registro figura la relación de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

¿Qué documentación hay que presentar?

En el caso de adultos:

 

  • -Fotocopia de la hoja identificativa del pasaporte (en caso de disponer del mismo)
  • -Certificado de empadronamiento actualizado (de menos de 3 meses desde su emisión) en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Cantabria
  • -Si se presenta la solicitud a través de representante:
    •                        DNI/TIE o documento de identificación de su país (sólo comunitarios) o pasaporte del representante 
    •                        Documento que acredite la representación
  • -Fotocopia del resguardo de presentación de la manifestación de voluntad de solicitar Protección Internacional, fotocopia del resguardo de presentación de la solicitud  de Protección Internacional o de la Tarjeta Roja. 
  •  

En el caso de menores, además de la documentación anterior, deberán presentar:

 

  • -Documento que acredite la representación. Si lo presenta el/la padre/madre sólo será necesario acreditar la representación si se presenta la solicitud con la tarjeta roja. Para ello aportará certificado de nacimiento del menor
  • -Certificado de empadronamiento del representante del/la menor actualizado (de menos de 3 meses desde su emisión) en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Cantabria

¿Qué documentación hay que presentar para la renovación de derecho?

SOLO se deberá presentar:

 

  • -Resguardo de la renovación de la solicitud de protección internacional
  • -Fotocopia de la hoja identificativa del pasaporte (en caso de disponer del mismo)

¿Cuál es la aportación farmacéutica?

  • Una vez reconocido el derecho a la asistencia sanitaria, la aportación farmacéutica es del 40 %

¿Por cuánto tiempo se tiene derecho a la asistencia sanitaria una vez reconocido?

La duración va asociada a la vigencia que la documentación que haya presentado para solicitarlo (Tarjeta roja, blanca o verde)

La presenta información tiene exclusivamente carácter ilustrativo, por lo que no originará derechos ni expectativas, ni vinculará con el procedimiento a que se refiere, cuya tramitación se sujetará siempre a las intrucciones específicas.

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